Condiciones Generales de Contratación
de DAGO Express GmbH, Karl-Marx-Straße 193, D-15230 Frankfurt (Oder)
1. Definición de términos, bases legales
1.1. Empresarios en el sentido de estas condiciones generales son personas físicas o jurídicas o sociedades con capacidad jurídica con las que se establece una relación comercial y que actúan en el ejercicio de su actividad comercial o profesional independiente.
1.2. Consumidores en el sentido de estas condiciones generales son personas físicas con las que se establece una relación comercial y a las que no se les puede atribuir una actividad comercial o profesional independiente.
1.3. Clientes en el sentido de estas condiciones generales son tanto consumidores como empresarios.
2. Ámbito de aplicación
2.1. Estas Condiciones Generales de Contratación (en adelante, CGC) regulan las relaciones jurídicas derivadas de los contratos entre DAGO Express Kurierdienst GmbH (en adelante, DAGO Express) y sus clientes (en adelante, el Cliente). Se aplican a la recogida, transporte y entrega de envíos según nuestro calculador de tarifas de envío de DAGO Express.
2.2. Salvo que existan disposiciones legales obligatorias y/o acuerdos individuales o estas CGC dispongan otra cosa, en los contratos de servicios de transporte, incluidos los servicios adicionales y accesorios, se aplican de forma complementaria y en este orden las Condiciones Generales Alemanas de los Transitarios (ADSp) en su versión vigente, así como las disposiciones de los §§ 459, 407 y siguientes del HGB sobre el contrato de transporte. Las ADSp no se aplican a las operaciones con consumidores según el §13 BGB.
2.3. También se aplican de forma complementaria las disposiciones de los §§ 407 y siguientes del HGB (contrato de transporte) y, en el caso de transportes transfronterizos, el CMR (Convenio relativo al contrato de transporte internacional de mercancías por carretera), en la medida en que no se disponga otra cosa en estas CGC.
2.4. Las condiciones generales de contratación del cliente que sean divergentes, contrarias o complementarias no formarán parte del contrato, incluso si se tiene conocimiento de ellas, salvo que se acepte expresamente su validez por escrito.
3. Alcance del servicio y obstáculos
3.1. En cooperación con los socios del sistema asociados, DAGO Express se encarga de la recogida, transporte y entrega de envíos dentro de la República Federal de Alemania y de los países miembros de la Unión Europea.
3.2. El/los envío(s) se recogerán en la dirección indicada por el Cliente en el momento o periodo expresamente acordado. Solo se prevé un intento de recogida y uno de entrega, y las dimensiones y pesos permitidos se detallan en el calculador de tarifas de envío de DAGO Express.
3.3. Salvo acuerdo en contrario, el envío se entregará en la dirección facilitada por el Cliente. La entrega se realiza "a pie de calle", es decir, hasta la acera pública más cercana a la dirección de entrega, salvo que se acuerde otra cosa en casos individuales.
3.4. La entrega se realiza al destinatario indicado en el envío y se confirma mediante su firma. El Cliente acepta que el envío pueda ser entregado, con efecto liberatorio, a una persona presente en el domicilio o negocio del destinatario, a un vecino del destinatario o en una sucursal cercana de DAGO Express (entrega alternativa), siempre que no existan dudas razonables de que la entrega alternativa corresponde a los intereses del Cliente o del destinatario. Se considera vecino a una persona que viva o trabaje en el mismo edificio o en el más próximo. El Cliente puede excluir la entrega alternativa.
3.5. En el caso de destinatarios comerciales, la entrega puede realizarse en la oficina de recepción de correo o en la recepción de mercancías. No se realizan entregas a apartados postales.
3.6. DAGO Express no está obligada a intercambiar palets, cajas de rejilla u otros medios de carga vacíos en el momento de la entrega.
3.7. Si el envío no pudiera ser recogido o entregado de la forma indicada, dicho envío se considerará no entregable (por ejemplo, no existe in situ un medio auxiliar adecuado de carga o descarga, la mercancía excede las medidas o los pesos indicados en la reserva, o no se ha solicitado un vehículo con plataforma elevadora pese a que la carga o la descarga lo requiere). DAGO Express informará de ello al ordenante en forma de texto o por teléfono. El ordenante podrá encargar adicionalmente nuevos intentos de recogida o de entrega; los costes correspondientes figuran en la calculadora de gastos de envío de DAGO Express.
3.8. También se consideran no entregables los envíos con dirección incorrecta, si no es posible determinar la dirección correcta con un esfuerzo razonable por parte de DAGO Express, así como los envíos cuya recepción sea rechazada o que, tras requerimiento, no sean recogidos por el destinatario en una sucursal del socio del sistema dentro del plazo indicado.
3.9. Los envíos no entregables serán devueltos por DAGO Express al Cliente. Si el Cliente rechaza la devolución, DAGO Express tiene derecho a disponer del envío a su discreción y a cargo del Cliente, pudiendo venderlo o destruirlo conforme a la normativa legal. Si no se puede identificar al Cliente, DAGO Express tiene derecho a abrir el envío para determinar su identidad. Si mediante la apertura se puede identificar al Cliente o remitente, DAGO Express solicitará instrucciones al Cliente o, salvo en el caso de envíos con contenido peligroso, devolverá el envío al remitente a cargo del Cliente. Los envíos con contenido peligroso pueden ser destruidos o vendidos por DAGO Express a cargo del Cliente. Si no se puede identificar al remitente o al Cliente, DAGO Express podrá destruir o vender el contenido conforme al § 419, apartado 3 del HGB. Las posibles reclamaciones por daños y perjuicios del Cliente no se verán afectadas.
3.10. DAGO Express está obligada a ejecutar un encargo aceptado sin demora, es decir, dentro del plazo habitual para la ejecución de un contrato de transporte. Salvo acuerdo en contrario, DAGO Express no está obligada a entregar la mercancía en un momento determinado o tras un plazo determinado al destinatario previsto. Todas las indicaciones de tiempo y plazo no son vinculantes y pueden ser superadas por acontecimientos imprevistos, especialmente, pero no exclusivamente, condiciones meteorológicas o de tráfico extremas.
3.11. DAGO Express está facultada para recurrir a subcontratistas para el cumplimiento del contrato de transporte. DAGO Express responde de las acciones y omisiones de sus auxiliares y de los subcontratistas de los que se sirva, en la medida en que estos actúen en el ejercicio de sus funciones, como de sus propios actos (§ 428 HGB). La responsabilidad del porteador efectivo conforme al § 437 HGB no se ve afectada.
3.12. Impedimento a la entrega: Si la mercancía no pudiera ser entregada, en particular porque en la fecha de entrega convenida no haya nadie dispuesto a recibirla en la dirección de entrega, DAGO Express informará sin demora al ordenante en forma de texto y, en la medida de lo posible, por teléfono, y recabará sus instrucciones (§ 419 Abs. 1 HGB).
3.13. Si no fuera posible obtener una instrucción en un plazo razonable o si la instrucción impartida no fuera ejecutable, DAGO Express estará facultada para adoptar las medidas que parezcan las mejores en interés del titular del derecho de disposición (§ 419 Abs. 3 HGB). DAGO Express podrá, en particular, descargar la mercancía y custodiarla, confiarla en depósito a un tercero por cuenta del titular del derecho de disposición, transportarla de vuelta o almacenarla conforme al punto 16. En caso de custodia por un tercero, DAGO Express responderá únicamente de la elección diligente de este.
3.14. DAGO Express documentará las medidas adoptadas conforme al punto 3.13 mediante fotografías, así como mediante un acta con indicación de lugar, fecha y hora, y las remitirá sin demora al ordenante en forma de texto.
3.15. DAGO Express tiene derecho al reembolso de los gastos necesarios y a una remuneración adecuada conforme al § 419 Abs. 4 HGB, salvo que el impedimento sea imputable al ámbito de riesgo de DAGO Express. Las demoras (Standgeld) conforme al punto 14 no se ven afectadas.
3.16. Instrucción de depósito: Con el otorgamiento del encargo de transporte, el ordenante instruye a DAGO Express para que, en caso de impedimento a la entrega conforme al punto 3.12, deposite la mercancía en la dirección de entrega en un lugar adecuado, siempre que las circunstancias locales lo permitan. El ordenante confirma que está facultado para ello frente al destinatario. La ejecución de la instrucción de depósito se realiza por cuenta y riesgo del ordenante.
3.17. DAGO Express documentará la ejecución de la instrucción de depósito conforme al punto 3.14 e informará sin demora al ordenante en forma de texto. El ordenante podrá excluir la instrucción de depósito al otorgar el encargo o, con anterioridad, en cualquier momento en forma de texto; en tal caso, DAGO Express procederá conforme al punto 3.13.
3.18. El depósito de la mercancía sin recepción por una persona presente facultada para recibirla no produce entrega en el sentido de los §§ 425 ff. HGB. Las disposiciones legales en materia de responsabilidad, en particular el § 435 HGB, no se ven afectadas.
4. Relación contractual
4.1. Cada encargo de transporte (solicitud del Cliente para la celebración de un contrato de transporte) se realiza mediante reserva online, por correo electrónico con la correspondiente confirmación por parte de DAGO Express (confirmación de transporte por correo electrónico) o mediante la entrega de un envío conforme a las condiciones.
4.2. Si DAGO Express concede al Cliente la posibilidad de determinar el lugar y la hora de la entrega, el derecho de disposición sobre el envío, en desviación del § 418, apartado 2 del HGB, pasa al Cliente ya con la entrega del envío. Si DAGO Express concede al destinatario, en el marco de sus propios servicios, la posibilidad de determinar el lugar y la hora de la entrega, el derecho de disposición sobre dicho envío, en desviación del § 418, apartado 2 del HGB, pasa al destinatario antes del primer intento de entrega. Por lo demás, los §§ 418, apartados 1 a 5 y 419 del HGB no se aplican. En el caso de transporte transfronterizo, el derecho de disposición del remitente conforme al Artículo 12 del CMR permanece inalterado.
4.3. Si los envíos no cumplen las condiciones del punto 4 de estas CGC, las dimensiones y pesos permitidos indicados en el calculador de tarifas de envío de DAGO Express o las normas vigentes sobre embalaje y etiquetado, DAGO Express rechazará el transporte. Si, no obstante, dicho envío entra en el sistema de DAGO Express, DAGO Express tiene derecho a detener el transporte en cualquier momento o a cobrar posteriormente al Cliente un recargo razonable. Si el Cliente rechaza el pago de dicho recargo o existe una sospecha fundada de que el envío recibido no cumple las condiciones según el punto 4 de estas CGC, DAGO Express tiene derecho a devolver el envío o a mantenerlo disponible para su recogida por parte del Cliente. Dicha devolución autoriza a DAGO Express a cobrar una compensación razonable por los gastos, de al menos un tercio del precio del transporte acordado. El Cliente tiene derecho a demostrar que los gastos de DAGO Express han sido significativamente menores.
4.4. DAGO Express tiene derecho, incluso después de la aceptación del envío, a comprobar si se trata de un envío conforme a las condiciones o a solicitar información sobre el contenido del envío. Si el Cliente se niega a facilitar esta información o no es posible obtenerla a tiempo, DAGO Express tiene derecho a examinar el contenido del envío, especialmente si existe un motivo justificado para sospechar que se trata de un envío no conforme a las condiciones.
4.5. Un encargo de entrega se considera ejecutado con la entrega al destinatario.
5. Exclusión del transporte / exclusión de responsabilidad
5.1. DAGO Express solo transporta envíos que cumplen con el calculador de tarifas de DAGO Express y con las normativas vigentes sobre embalaje y etiquetado, y cuyo valor por envío no supera:
5.1.1. 5.000,00 € por envío para consumidores según el §13 BGB;
5.1.2. 50.000,00 € por envío para empresarios.
5.2. No se aceptan:
5.2.1. Envíos cuya transportación infrinja prohibiciones legales o administrativas, así como envíos cuya manipulación o transporte esté sujeta a normativas nacionales o internacionales sobre mercancías peligrosas (salvo acuerdo explícito en contrario);
5.2.2. El transporte de envíos sujetos a requisitos especiales, en particular disposiciones especiales de exportación, importación o aduaneras de un país de tránsito o destino (salvo acuerdo explícito en contrario);
5.2.3. Envíos con embalaje insuficiente, especialmente aquellos que no cumplen con las normativas sobre embalaje y etiquetado, así como envíos con líquidos que no estén embalados de forma resistente a roturas y protegidos contra posibles fugas;
5.2.4. Todos los envíos de valor excepcional o difícil de estimar con precisión, como piedras preciosas, metales preciosos, diamantes industriales, obras de arte, relojes, piezas únicas, sellos, dinero, documentos negociables, valores, tarjetas de crédito y prepago (por ejemplo, tarjetas telefónicas) y otros medios de pago válidos;
5.2.5. Envíos que requieran un tratamiento especial durante el transporte, como mercancías perecederas o susceptibles de daños que deban protegerse especialmente contra el calor o el frío;
5.2.6. Envíos que contengan animales vivos, restos mortales o partes de seres humanos o animales;
5.2.7. Cualquier envío que, por su naturaleza externa o contenido, pueda suponer un peligro para personas o causar daños a bienes materiales u otros envíos;
5.2.8. Envíos cuya dirección de recogida o entrega indicada por el cliente no sea adecuada o sea de difícil acceso, o para cuya entrega o recogida se requiera un esfuerzo especial o medidas de seguridad especiales. Tampoco se realizan recogidas o entregas en islas o zonas de montaña;
5.2.9. Envíos que contengan gasolina, aceite o lubricantes que no hayan sido correctamente vaciados; no debe salir ningún residuo del embalaje exterior.
6. Remuneración del servicio
6.1. El importe a abonar se determina según el calculador de tarifas de DAGO Express.
6.2. Nuestras ofertas son sin compromiso hasta la formalización definitiva y se basan en las capacidades, fletes, tarifas, recargos, precios de combustible y tipos de cambio vigentes en ese momento. Cualquier cambio nos da derecho a realizar un ajuste.
6.3. El flete (remuneración) incluye, en los contratos con consumidores, el IVA legal vigente; el flete (remuneración) de los contratos con empresarios se cobra neto más el IVA legal vigente que se indica por separado.
6.4. El pago se realiza por PayPal o transferencia inmediata como pago anticipado. En el caso de transferencia inmediata, se considera la recepción del dinero en nuestra cuenta. La compra a cuenta solo es posible previa consulta. DAGO Express decide antes de aceptar el pedido si el transporte puede pagarse a cuenta. Salvo acuerdo en contrario, las facturas deben pagarse en un plazo de 14 días tras la recepción de la factura, sin deducción.
6.5. En caso de pago incompleto por parte del cliente, DAGO Express se reserva el derecho de rechazar la prestación del producto o servicio asociado.
6.6. (1) El cliente está obligado a indicar, al realizar el pedido, la dirección de facturación correcta y conforme a la normativa fiscal. Lo mismo se aplica a los datos adicionales requeridos internamente por el cliente, como números de pedido, de expediente o de proyecto. Si el cliente no los indica o los indica de forma errónea al efectuar la reserva, una reclamación de la factura basada en ello no da derecho a un aplazamiento del pago.
(2) La indicación de una dirección de facturación errónea o incompleta o la falta de datos del cliente, así como la consiguiente demora en el pago, no son responsabilidad de DAGO Express GmbH. La legitimidad y el vencimiento original (exigibilidad) de los créditos no se ven afectados por una corrección posterior de la factura debida a datos del cliente incorrectos o incompletos.
6.7. Modificación posterior del destinatario de la factura: Una modificación posterior del destinatario de la factura no afecta a la posición contractual del cliente. Con independencia de la dirección de facturación, el cliente sigue siendo el único socio contractual legal y deudor principal de DAGO Express GmbH.
6.8. Si el destinatario de la factura recién designado se niega a pagar, rechaza la factura o incurre en mora, el cliente está obligado al pago inmediato de la totalidad del crédito.
6.9. Si el cliente ya ha abonado la factura original, en caso de una reasignación posterior DAGO Express GmbH no efectuará ninguna devolución del importe. El pago realizado se compensa internamente con la factura de nueva emisión. En tal caso, el cliente está obligado a reclamar el importe directamente al nuevo destinatario de la factura en la relación interna.
6.10. Si el ordenante incurre en mora en un pago, DAGO Express estará facultada para computar intereses de demora. Frente a empresarios, el tipo de interés de demora asciende a nueve puntos porcentuales por encima del tipo de interés básico (§ 288 Abs. 2 BGB); adicionalmente se computará una cantidad a tanto alzado por importe de 40,00 € (§ 288 Abs. 5 BGB), que se imputará a la indemnización de daños debida en la medida en que esta se funde en costes de reclamación judicial. Frente a consumidores, el tipo de interés de demora asciende a cinco puntos porcentuales por encima del tipo de interés básico (§ 288 Abs. 1 BGB). Queda reservada la reclamación de un daño por mora de mayor alcance.
7. Responsabilidad
7.1. Salvo que en estas condiciones generales o entre DAGO Express y el cliente se acuerde y regule expresamente otra cosa, DAGO Express responde en los transportes dentro de la República Federal de Alemania únicamente conforme a la versión más reciente de las ADSp o a los §§ 407 y siguientes del HGB, en particular §§ 425 y siguientes del HGB, y en los transportes transfronterizos de forma obligatoria conforme a los artículos 17 y siguientes del CMR.
7.2. DAGO Express responde ante el cliente, en caso de daño o pérdida de un envío, únicamente por el daño contractual típico directo hasta los límites legales de responsabilidad.
7.3. Si el cliente entrega un envío que no cumple las condiciones sin indicarlo expresamente y por escrito, y se produce un daño en el envío que, según las circunstancias del caso, resulta de la falta de idoneidad del envío, se presumirá a favor del transportista que el daño se ha producido por este riesgo. Los motivos especiales de reducción o exclusión de responsabilidad según §§ 425 apartado 2, 426 y 427 HGB o, en el caso de transporte transfronterizo, según el art. 17 CMR, no se ven afectados.
7.4. El cliente puede hacer valer las reclamaciones derivadas del contrato como parte contratante de DAGO Express presentando un recibo de entrega.
7.5. El cliente responde ante DAGO Express, directa o indirectamente por reclamaciones de terceros, por los daños que resulten de envíos que no cumplen las condiciones.
7.6. La responsabilidad de DAGO Express por pérdida o daño de la mercancía está limitada, conforme al § 431 Abs. 1 HGB, a 8,33 unidades de cuenta (derechos especiales de giro del Fondo Monetario Internacional) por cada kilogramo del peso bruto del envío; en los transportes transfronterizos rige el Art. 23 CMR. En los importes de responsabilidad antes citados no está incluido ningún seguro de transporte de la mercancía. DAGO Express recomienda al ordenante contratar un seguro de transporte propio para mercancías de elevado valor.
7.7. La responsabilidad por retrasos en la entrega en estos transportes está limitada, en transportes nacionales, al triple del flete (§ 431 apartado 3 HGB) y, en transportes internacionales, al importe del flete (art. 23 apartado 5 CMR). Se excluyen los daños derivados de retrasos en la entrega por fuerza mayor o circunstancias no imputables o adversidades. Se excluyen todas las demás reclamaciones por daños y perjuicios, incluidos los daños indirectos.
7.8. Las anteriores exoneraciones y limitaciones de responsabilidad no se aplican:
- en caso de daños que sean atribuibles a una acción u omisión cometida por DAGO Express o por una persona mencionada en el § 428 HGB con dolo o temerariamente y con conciencia de que probablemente se produciría un daño (§ 435 HGB);
- en caso de daños derivados de la lesión de la vida, la integridad física o la salud;
- en la medida en que el ordenante sea consumidor en el sentido del § 13 BGB y disposiciones legales imperativas, en particular el § 449 Abs. 3 HGB, se opongan a una divergencia.
8. Reclamaciones / Notificación de daños
8.1. Las pérdidas o daños visibles externamente deben anotarse por escrito en el momento de la recepción/entrega de la mercancía y comunicarse a DAGO Express.
8.2. Los daños y/o pérdidas (parciales) no visibles externamente deben notificarse a más tardar en un plazo de siete días o inmediatamente después de tener conocimiento de ellos, o en caso de reclamación por parte del destinatario (artículo 30 CMR).
8.3. Las reclamaciones por retraso en la entrega prescriben si no se notifican a DAGO Express en un plazo de 21 días naturales tras la entrega.
8.4. Se considerará pérdida total si un envío, tras su aceptación para la entrega, no puede ser entregado a nivel nacional en un plazo de 20 días naturales, o a nivel internacional en un plazo de 30 días naturales. El comprobante de entrega firmado por el destinatario exime a DAGO Express de responsabilidad por posibles pérdidas totales.
9. Prescripción
9.1. Todas las reclamaciones del cliente en el ámbito de aplicación de estas condiciones generales prescriben en un año tras la entrega. En caso de dolo o culpa equiparable al dolo, el plazo de prescripción es de tres años. La prescripción comienza al final del día en que la mercancía fue entregada o debió haber sido entregada.
10. Inexistencia de derecho de desistimiento en los contratos de transporte
10.1. En los contratos relativos a la prestación de servicios en el ámbito del transporte de mercancías no existe, conforme al § 312g Abs. 2 Nr. 9 BGB, derecho de desistimiento cuando el contrato prevea para la prestación una fecha o un período específicos.
10.2. DAGO Express ejecuta los transportes exclusivamente en una fecha expresamente convenida o dentro de un período expresamente convenido. Por consiguiente, al ordenante tampoco le asiste derecho de desistimiento cuando sea consumidor en el sentido del § 13 BGB.
10.3. Las disposiciones relativas a los costes de cancelación (punto 15) no se ven afectadas por ello.
11. Dirección y datos del remitente en los envíos
11.1. Para cada envío entregado a DAGO Express para su transporte, el cliente debe indicar una dirección y datos del remitente completos. Esta dirección debe ser clara y correcta, de modo que el envío pueda ser transportado y entregado sin investigación adicional. No debe haber añadidos que puedan causar malentendidos o retrasar, dificultar o imposibilitar el procesamiento del envío. La dirección debe figurar en la mayor superficie disponible del envío (lado de la dirección), y la legibilidad no debe verse afectada por anotaciones adicionales que no se refieran a la dirección. Los embalajes usados solo se permiten si se han eliminado previamente todos los datos antiguos que puedan inducir a error.
11.2. La dirección debe estar ordenada de arriba a abajo:
11.2.1. el nombre del destinatario (incluida la razón social, si procede);
11.2.2. los datos de entrega (calle y número; si procede, número de piso y de apartamento; en empresas, el departamento);
11.2.3. lugar de destino con código postal delante;
11.2.4. en transportes internacionales, el país de destino.
11.3. El código postal y el lugar de destino deben colocarse en la última línea, separados claramente del resto de los datos. El lugar de destino solo debe contener la denominación oficial. El código postal debe ser completo y legible. Los datos del remitente deben corresponder en contenido y disposición a los de la dirección. La claridad de la dirección no debe verse afectada por los datos del remitente. Por seguridad, indique también los datos de dirección y remitente dentro del envío.
12. Condiciones de embalaje
12.1. El cliente es responsable de embalar las mercancías de acuerdo con las cargas de transporte previsibles, utilizando un embalaje interior y exterior adecuado al contenido. La mercancía debe embalarse de forma que esté protegida contra pérdida y daños, y que no cause daños a las personas que realicen el transporte ni a otros paquetes transportados. El embalaje debe garantizar que no se pueda acceder al contenido sin dejar huellas evidentes en el embalaje exterior. Como ayuda, consulte la guía de embalaje de DAGO Express (véase: Anexo 2 Guía de embalaje).
13. Compensación y derecho de retención
El ordenante solo podrá compensar con créditos no discutidos o declarados firmes por sentencia. Ello no rige para las pretensiones recíprocas derivadas de la misma relación contractual. Al ordenante le asiste un derecho de retención únicamente en la medida en que este se base en la misma relación contractual.
14. Tiempo de espera
14.1. DAGO Express tiene derecho a cobrar tiempo de espera al cliente. Se aplica lo siguiente:
Transportes exprés (vehículos hasta 3,5 toneladas):
- Incluye 60 minutos para carga y descarga y otros tiempos de espera sin coste. Después, cada hora o fracción cuesta 30 € netos.
Transportes en camión (vehículos de más de 3,5 toneladas):
- Incluye 120 minutos para carga y descarga y otros tiempos de espera sin coste. Después, cada hora o fracción cuesta 60 € netos.
Base legal: § 412 apartado 3 HGB.
15. Cancelación
En caso de cancelación del pedido por parte del cliente, DAGO Express tiene derecho a facturar los siguientes gastos de cancelación, calculados sobre el precio de transporte acordado (neto):
- Cancelación a partir de la llegada del conductor al lugar de carga (incluido después de la recogida de la mercancía): 100 %
- Cancelación después de que el conductor haya iniciado el trayecto hacia el lugar de carga: 75 %
- Cancelación tras la confirmación del pedido y hasta el inicio del trayecto hacia el lugar de carga: 50 %
Nota:
Si el vehículo ya se encuentra en el lugar de carga y se genera tiempo de espera, DAGO Express tiene derecho a facturar, además de los gastos de cancelación, una indemnización por tiempo de espera conforme al punto 14.
Si DAGO Express sufre de forma demostrable un daño mayor como consecuencia de la cancelación o resolución, DAGO Express tiene derecho a reclamarlo al ordenante. Quedan a salvo las reclamaciones de daños y perjuicios que excedan de lo anterior.
Si la cancelación se basa en motivos pertenecientes al ámbito de riesgo de DAGO Express, no se aplicarán los gastos de cancelación mencionados.
16. Derecho de prenda, retención y almacenamiento
16.1. A DAGO Express le corresponde, por todos los créditos vencidos derivados del contrato de transporte, un derecho de prenda sobre la mercancía (§ 440 HGB). El derecho de prenda subsiste mientras DAGO Express tenga la mercancía en su posesión o pueda disponer de ella mediante carta de porte (Ladeschein) o de otro modo.
16.2. DAGO Express solo realizará el derecho de prenda previo requerimiento en forma de texto y transcurrido un plazo razonable de dos semanas.
16.3. Si, tras el otorgamiento del encargo, se generan costes adicionales imputables al ámbito de riesgo del ordenante, en particular demoras conforme al punto 14, costes de nuevos intentos de recogida o de entrega o costes derivados de indicaciones incorrectas o incompletas del ordenante, DAGO Express podrá supeditar el cumplimiento de una instrucción a un anticipo adecuado (§ 418 Abs. 1 S. 4 HGB).
16.4. Si un anticipo requerido conforme al punto 16.3 no se abona dentro de un plazo razonable fijado por DAGO Express, DAGO Express estará facultada para custodiar la mercancía o confiarla en depósito a un tercero. La custodia por un tercero se realiza en nombre de DAGO Express; la posesión mediata de DAGO Express sobre la mercancía se mantiene. DAGO Express informará sin demora al ordenante en forma de texto sobre el lugar de almacenamiento y los costes de almacenamiento previsibles.
16.5. Los costes de almacenamiento correrán a cargo del ordenante por su importe efectivo, pero como máximo 60,00 € netos por cada día natural comenzado y carga de vehículo. A requerimiento, DAGO Express acreditará los costes mediante la presentación de la factura del almacenista. El ordenante podrá evitar el ejercicio del derecho de retención mediante la prestación de una garantía (§ 369 Abs. 4 HGB). La retención no tendrá lugar en la medida en que resultara desproporcionada en el caso concreto.
17. Fuerza mayor
17.1. Los supuestos de fuerza mayor liberan a las partes contratantes de sus obligaciones de prestación durante la duración de la perturbación y en la medida de sus efectos. Constituyen fuerza mayor los acontecimientos imprevisibles, de origen externo, que no pueden evitarse ni siquiera aplicando la máxima diligencia, a saber, catástrofes naturales, guerra, atentados terroristas, motines y disturbios civiles, cierres de fronteras ordenados por las autoridades, huelgas y cierres patronales, así como medidas ordenadas por las autoridades para combatir enfermedades transmisibles.
17.2. La parte contratante afectada deberá informar sin demora a la otra parte contratante, en forma de texto, sobre el acaecimiento, la duración previsible y los efectos del acontecimiento.
17.3. Si la perturbación se prolonga durante más de 14 días naturales, ambas partes contratantes estarán facultadas para resolver el contrato en forma de texto. Las prestaciones ya realizadas deberán ser remuneradas. En tal caso no se devengarán costes de cancelación conforme al punto 15.
17.4. Las disposiciones legales en materia de responsabilidad de los §§ 407 ff. HGB, así como —en los transportes transfronterizos— del CMR, no se ven afectadas.
18. Sanciones y control de exportaciones
18.1. Las obligaciones de prestación de DAGO Express quedan sujetas a la reserva de que a su ejecución no se opongan impedimentos imprevisibles y no imputables a DAGO Express derivados de disposiciones de comercio exterior, aduaneras o de sanciones de la República Federal de Alemania, de la Unión Europea o de las Naciones Unidas, en particular en virtud de medidas de embargo.
18.2. El ordenante está obligado a facilitar a DAGO Express, con la debida antelación y de forma completa, todos los datos necesarios para el cumplimiento de las disposiciones mencionadas en el punto 18.1, en particular sobre la naturaleza, las características y la finalidad de uso de la mercancía, así como sobre el remitente, el destinatario y demás intervinientes en el transporte. Si la mercancía está sujeta a requisitos de exportación, importación o autorización, el ordenante deberá advertirlo en forma de texto al otorgar el encargo.
18.3. Si se aprecian indicios de una infracción de las disposiciones mencionadas en el punto 18.1, DAGO Express estará facultada para rechazar el transporte o detenerlo hasta que se aclaren los hechos. Los derechos y obligaciones en caso de impedimentos al transporte y a la entrega conforme a los §§ 419, 420 HGB no se ven afectados.
18.4. El ordenante mantendrá indemne a DAGO Express frente a pretensiones de terceros, así como frente a multas y demás perjuicios que se basen en que el ordenante haya infringido culpablemente sus obligaciones conforme al punto 18.2.
19. Otras disposiciones
19.1. . Las declaraciones verbales del cliente que se aparten de estas condiciones generales solo serán vinculantes si se confirman por escrito.
19.2. DAGO Express trata los datos personales transmitidos en relación con el encargo de transporte en la medida en que ello sea necesario para la ejecución del contrato (Art. 6 Abs. 1 lit. b DSGVO) o para el cumplimiento de obligaciones legales (Art. 6 Abs. 1 lit. c DSGVO). DAGO Express es a este respecto responsable del tratamiento de forma autónoma y no encargada del tratamiento. Los detalles se desprenden de la información sobre protección de datos de DAGO Express GmbH.
19.3. . Los contratos de transporte se rigen por la legislación de la República Federal de Alemania. En el caso de consumidores que no celebren el contrato de transporte con fines profesionales o comerciales, esta elección de ley solo se aplica en la medida en que no se prive al consumidor de la protección que le otorgan las disposiciones imperativas de la ley del Estado en el que tenga su residencia habitual.
19.4. . Si alguna disposición de estas condiciones generales o de los acuerdos adicionales resultara inválida o llegara a serlo, la validez del contrato no se verá afectada. Las partes contratantes están obligadas a sustituir la disposición inválida por una que se aproxime lo máximo posible al resultado económico de la disposición inválida.
19.5. Resolución de litigios en materia de consumo: DAGO Express no está dispuesta ni obligada a participar en un procedimiento de resolución de litigios ante una junta arbitral de consumo (§ 36 VSBG).
20. Acuerdo de jurisdicción
El fuero exclusivo para litigios con comerciantes, personas jurídicas de derecho público o patrimonios especiales de derecho público derivados de contratos sujetos a estas condiciones generales es Frankfurt (Oder). Si la competencia corresponde a los juzgados de primera instancia, será competente el Juzgado de Primera Instancia de Frankfurt (Oder).
Versión de estas condiciones generales: 17.07.2026
Es válida la versión más reciente.
Se reservan cambios.
Anexo 2. Guía de embalaje
Generalidades: Los envíos deben ser embalados por el cliente de forma segura según el contenido, el tipo de envío y el volumen, para evitar daños durante el transporte y proteger el contenido contra pérdida y daños. El embalaje debe incluir siempre un embalaje exterior adecuado, un embalaje interior adecuado y un cierre seguro.
Embalaje seguro: El embalaje exterior debe ser adecuado al contenido, de modo que los objetos embalados no se caigan, no dañen otros envíos y no se dañen a sí mismos. Debe preverse un embalaje interior suficiente y complementarse con materiales de relleno. En el caso de objetos sensibles al transporte, el embalaje debe adaptarse a su especial sensibilidad, teniendo en cuenta la naturaleza, cantidad y demás particularidades del contenido en cada caso. El embalaje debe proteger el contenido del envío contra las solicitaciones a las que normalmente está expuesto durante el transporte (por ejemplo, presión, golpes, caídas, vibraciones o influencias de temperatura).
El embalaje exterior debe ser suficientemente resistente y estable a la presión. Además, debe ser lo suficientemente grande para albergar todo el contenido y las piezas de embalaje interior necesarias.
El embalaje interior debe fijar el contenido y acolcharlo por todos los lados respecto al embalaje exterior y, en caso de varios elementos, entre sí. Los embalajes de venta y almacenamiento suelen estar diseñados solo para el envío paletizado. Para el envío individual, son necesarias medidas de embalaje adicionales (por ejemplo, espuma moldeada) como embalaje de transporte.
Para cerrar los envíos deben utilizarse materiales resistentes (por ejemplo, cintas adhesivas de plástico resistentes al desgarro o cintas adhesivas reforzadas con fibra húmeda) que garanticen la integridad del envío. Cuanto más pesado sea un envío, más resistente debe ser el cierre.
Los embalajes o cierres no deben tener bordes, esquinas o puntas afiladas, como clavos, grapas, astillas de madera o extremos de alambre sobresalientes. El embalaje debe envolver completamente la mercancía transportada.